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jueves, 30 de junio de 2011

Expropiaciones de luxe 2


La acción de expropiar puede estar contemplado, regulado y permitido por ley; Ley que avala la obligatoriedad de indemnizar de acuerdo a los bienes no solo materiales, de valores actualizados de la tierra y coherentes ante la situación de la expropiación.
Esta Ley no se cumple y no solo por el precio irrisorio con el que se quiere sacar ventaja, ya que el Estado no debería estar involucrado en negociaciones de ninguna índole, sino porque utiliza testaferros y el mismo medio de la Justicia para beneficio de terceros quienes no serían otros que funcionarios que aprovechan con un estilo carroñero todo negocio que se les presenta.
Y expropiar, en San Luis se convirtió en un mal hábito del Estado. 
La cronología evidencia que este vicio Estatal comienza en el año 2008 en Potrero de los Funes, ante la eminente construcción de un Circuito Automovilístico Semipermanente -que ya de por si presenta un conflicto muy grave socio-ambiental- y utiliza de manera antojadiza un Decreto de Necesidad y Urgencia para desalojar en forma compulsiva a los propios vecinos de la zona con las consecuencias previsibles de pérdidas varias veces en contra y en todos los sentidos, porque las personas que sufren este flagelo de ser expropiados, tenían propiedades en una ubicación privilegiada en los sectores frente al lago o de urbanización, sectores donde el circuito hoy prácticamente no los involucra y muy por el contrario, es utilizado como escenario de actos políticos.
Ante la seguidilla de expropiaciones compulsivas y abusivas , los vecinos de Potrero de los Funes comienzan a agruparse y organizan reuniones varias en las que toman posiciones no tan contrarias al motivo de las mismas, sino al rapiñaje conque se encuentran ante el Estado o mejor dicho, los funcionarios.
Las propiedades son varias veces desvalorizadas y los lugares que les son re-adjudicados, en algunos casos, no se condicen en absoluto con las tierras que les fueron expropiadas.
Al cabo de estos tres años los juicios contra las indemnizaciones precarias siguen su curso, cuando en el caso de uno de los vecinos expropiados, ante el pago recibido es emplazado a devolver parte del mismo señalando un error de cálculos, es decir, de los $ 250 mil tuvo que contentarse hasta el momento con $ 40 mil y ahora debe recuperar lo que gentilmente devolvió, algo que no hace el Estado.
Y asi es que la decisión de construir un Circuito de Carreras no es/fué más que otro acto político ya que en él se desarrolla solo una carrera por año en lo que va de su puesta en funcionamiento, pero, el impacto visual es de tiempo completo, como el impacto de las expropiaciones

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